En este artículo
La primera reacción al oír que se pueden recuperar los gastos de la hipoteca suele ser: «pero si yo no tengo ni idea de dónde están esos papeles». No hace falta. Cada documento tiene un sitio donde se conserva, y están obligados a darte copia.
Qué necesitas
- La escritura de préstamo hipotecario.
- La factura de la notaría por esa escritura.
- La factura del registro de la propiedad por inscribir la hipoteca.
- La factura de la gestoría.
- La factura de la tasación.
Atención a un error frecuente: el día de la firma se otorgaron normalmente dos escrituras, la de compraventa y la de préstamo, y cada una generó sus facturas. Las reclamables son las de la hipoteca. Los gastos de la compraventa son tuyos.
La escritura y la factura notarial
La notaría guarda el original de todas las escrituras que autoriza, sin límite de tiempo. Pide una copia simple de la escritura de préstamo y un duplicado de la factura. Necesitas tu DNI y, si lo sabes, la fecha aproximada de la firma.
¿No recuerdas la notaría? Aparece en la nota simple del registro de la propiedad, en la primera página de cualquier copia de la escritura y en los papeles del banco.
Si el notario se jubiló, su protocolo lo tiene quien le sucedió o el archivo del distrito: el Colegio Notarial te lo indica.
La factura del registro
Se pide en el registro de la propiedad donde está inscrita la vivienda, indicando la finca y la fecha aproximada. Emiten duplicado de la minuta de inscripción de la hipoteca.
La factura de la gestoría
La gestoría que tramitó la hipoteca, casi siempre impuesta por el banco, te entregó en su día una liquidación de la provisión de fondos con todas las facturas. Si no la conservas:
- Pídela a la gestoría.
- Si ya no existe, al banco, que suele conservar copia de la liquidación.
La tasación
La factura la emitió la sociedad de tasación. Su nombre figura en la propia escritura de préstamo. Puedes pedirla a la tasadora o al banco. A veces el coste se cargó directamente en tu cuenta: en ese caso sirve el justificante del cargo.
Si falta alguna
Reclama por las que tengas. Cada gasto se devuelve por separado, y lo que no puedas acreditar simplemente no entra en la cuenta. Los movimientos bancarios de las semanas de la firma ayudan a localizar importes y fechas.
Con los papeles en la mano
- Qué parte de cada factura te devuelven: guía de gastos de hipoteca.
- Un ejemplo con cifras: cuánto dinero es.
- Si te preocupa el tiempo que ha pasado: el plazo tras 2024.
Preguntas frecuentes
El notario se jubiló o la notaría cerró. ¿Dónde está mi escritura?
Los protocolos notariales no se pierden: pasan al notario sucesor o al archivo de protocolos del distrito. El Colegio Notarial de tu comunidad te indica dónde está el tuyo.
La gestoría ya no existe. ¿Qué hago?
Pide al banco la liquidación de la provisión de fondos y los justificantes que conserve, y revisa los movimientos de tu cuenta de aquellas fechas. Las facturas de notaría y registro se obtienen directamente de ellos, aunque la gestoría haya desaparecido.
¿Puedo reclamar solo con la escritura, sin facturas?
La escritura acredita la cláusula, pero para la devolución hay que probar cuánto pagaste por cada concepto. Sin las facturas o un documento equivalente no se puede cuantificar, por eso el primer paso es recuperarlas.
¿Revisamos el tuyo?
Con la escritura y las facturas calculamos lo que puedes recuperar. La revisión no tiene coste y solo cobramos honorarios si ganamos.
Normas y sentencias citadas
- Reglamento Notarial (Decreto de 2 de junio de 1944), artículos 224 y siguientes (copias).
- Sentencias del Tribunal Supremo (Pleno) 44/2019 a 49/2019, de 23 de enero.
- Sentencia del Tribunal Supremo (Pleno) 857/2024, de 14 de junio.
Este artículo es información general y no sustituye el estudio de tu contrato: cada caso depende de sus fechas, sus cifras y lo que firmaste. La jurisprudencia cambia; revisamos el texto cuando lo hace.