Después de la regla de los seis puntos de 2023, muchas tarjetas revolving quedaron justo por debajo del umbral de usura: TAE del 21, del 22 o del 23 %. Durante un tiempo pareció que esos contratos no se podían tocar. El 30 de enero de 2025 el Pleno del Tribunal Supremo dictó dos sentencias que abrieron otra puerta: la falta de transparencia.
Qué se discutía
En los dos casos, los clientes tenían tarjetas revolving cuya TAE no llegaba al umbral de usura. Pedían, como alternativa, que se anulara la cláusula de intereses por no ser transparente ni comprensible.
La dificultad era jurídica. El interés es el precio del crédito, y la normativa de consumidores no permite a los jueces decidir si un precio es caro o barato. Lo que sí exige es que la cláusula que fija ese precio sea clara y comprensible. La pregunta era qué significa eso en una revolving, un producto en el que el porcentaje por sí solo dice poco.
El Supremo tenía que decidir:
- Qué información debía recibir el cliente antes de contratar.
- Qué ocurre cuando esa información no se dio.
- Quién tiene que probarlo.
Qué dijo el tribunal
El interés no se entiende sin el sistema de pago. En una revolving, el tipo de interés se valora junto con el mecanismo de cuotas bajas, capital que apenas se amortiza, crédito que se recompone e intereses que generan intereses. El problema no es un número, es cómo funciona el producto. Por eso la transparencia exige más que mostrar la TAE.
Qué tenía que permitirte la información. Según las sentencias, un consumidor medio debía poder:
- Comprender el producto que le ofrecían y cómo funciona.
- Ser consciente de sus riesgos: duración indefinida o prorrogable, tipo elevado, recomposición constante del crédito, escasa amortización con cuotas bajas y capitalización de intereses.
- Comparar ofertas, con información diferenciada sobre el coste y los riesgos de cada modalidad de pago: pago total a fin de mes, cuota fija y porcentaje de la deuda.
Y debía recibirla antes de contratar, con tiempo para valorarla.
Qué no basta. Que la TAE aparezca en el contrato. Una frase genérica de «el cliente declara haber sido informado». Entregar el documento en el momento de la firma sin explicación.
La carga de la prueba es del banco. Es la entidad quien debe demostrar que informó. Si no puede, la cláusula no supera el control de transparencia.
Falta de transparencia y abusividad. Que una cláusula no sea transparente no la anula sola: hay que ver además si causa un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor. El Supremo entendió que ocultar el funcionamiento que provoca el endeudamiento prolongado es precisamente ese desequilibrio. Anulada la cláusula de intereses, el contrato no puede seguir sin ella, y el efecto se parece mucho al de la usura: se devuelve el capital dispuesto y se restituye lo cobrado por intereses.
Qué cambia para ti
Estas sentencias afectan sobre todo a quien tiene una tarjeta con TAE por debajo del umbral de usura.
- El porcentaje deja de ser el único criterio. Una TAE del 22 % puede dar lugar a la nulidad de los intereses si no te explicaron cómo funcionaba la tarjeta.
- Importa cómo la contrataste. Un stand en un centro comercial, una llamada de teléfono, un formulario al financiar una compra: son las contrataciones en las que a la entidad le cuesta más demostrar que informó con tiempo.
- Las dos vías se combinan. Si tu TAE supera el umbral, se reclama por usura y, de forma subsidiaria, por transparencia. Si no lo supera, la transparencia pasa a ser la vía principal. Tienes la comparación en la guía de tarjetas revolving y usura y la vía de la transparencia desarrollada en revolving sin llegar a usura.
- El efecto es parecido. Lo que dispusiste frente a lo que has pagado. Si has pagado más, se te devuelve; si menos, debes el resto sin intereses.
Cómo saber si te afecta
Hazte estas preguntas:
- ¿Tu tarjeta es revolving? Cuota fija o porcentaje de la deuda y crédito que se recompone. Si dudas, mira cómo saber si tu tarjeta es revolving.
- ¿Te explicaron antes de firmar que la deuda podía durar años con una cuota baja? Por qué pasa, en cuánto dura la deuda de una revolving.
- ¿Te dieron a elegir, de forma clara, entre pagar a fin de mes o aplazar, con el coste de cada opción?
- ¿Contrataste en un stand, por teléfono o al comprar algo, sin documentación previa?
Si respondes que no a la segunda y la tercera, o que sí a la cuarta, hay base para revisar la tarjeta aunque su TAE no sea usuraria.
Si tienes el contrato, te lo revisamos sin coste y te decimos si esta sentencia se aplica a tu caso.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay con reclamar por usura?
La usura mira el precio: si la TAE supera en más de 6 puntos la media, cae todo el contrato. La transparencia mira cómo te lo vendieron: si no te explicaron de forma comprensible el funcionamiento y el coste, se anula la cláusula de intereses aunque el tipo no sea usurario. Suelen pedirse las dos.
Firmé un contrato donde ponía la TAE. ¿Eso no cuenta como información?
No necesariamente. El Supremo exige que un consumidor medio pudiera comprender el producto y sus riesgos antes de contratar. Un dato en la letra pequeña, entregado en el momento de la firma, no es lo mismo que una explicación previa.
¿Quién tiene que demostrar si me informaron o no?
La entidad. Es ella la que debe acreditar que te dio información suficiente y con tiempo. En contratos antiguos, firmados en un stand o por teléfono, esa prueba suele no existir.
¿Se aplica a tu contrato?
Con el contrato o unos extractos podemos decirte si tu tarjeta es reclamable. La revisión no tiene coste y solo cobramos honorarios si ganamos.
Este comentario es información general y no sustituye el estudio de tu contrato: que una sentencia exista no significa que se aplique a tu caso. La jurisprudencia cambia; revisamos el texto cuando lo hace.