STS 367/2022: una revolving al 24 % que el Supremo no vio usuraria

El Supremo rechazó la usura en una tarjeta antigua con TAE cercana al 24 %: el tipo medio de las revolving de la época era parecido. Qué significa para ti.

No todas las sentencias del Supremo sobre revolving dan la razón al cliente. Esta es una de las que no lo hizo, y conviene conocerla precisamente por eso: explica por qué una TAE que hoy parece altísima no siempre es usuraria, y por qué la fecha del contrato lo cambia todo.

Qué se discutía

Una persona había contratado una tarjeta revolving a mediados de los años 2000, con una TAE que rondaba el 24 %. Años después reclamó la nulidad por usura.

La Audiencia Provincial le dio la razón: comparó la TAE con el tipo medio del crédito al consumo en general de aquella época, bastante más bajo, y concluyó que el interés era notablemente superior al normal.

La entidad recurrió. Su argumento: ese no era el término de comparación correcto. Tras la sentencia de 2020, una revolving debe compararse con las revolving, y en aquellos años las tarjetas de este tipo tenían intereses parecidos al de ese contrato.

El problema añadido era la fecha. El Banco de España no publicaba una estadística específica de tarjetas revolving hasta junio de 2010. Para un contrato anterior, ¿con qué se compara?

Qué dijo el tribunal

La comparación se hace con las revolving, también en contratos antiguos. El Supremo recordó su doctrina de 2020: el interés normal del dinero es el de la categoría más específica, y para una revolving esa categoría son las tarjetas revolving. Comparar con el crédito al consumo en general, como había hecho la Audiencia, no era correcto.

Si no hay serie oficial, se acude al dato más próximo. Para contratos anteriores a 2010, el tribunal indicó que hay que buscar la información específica más cercana en el tiempo sobre los tipos de ese producto. En aquella época, las tarjetas revolving se movían en niveles parecidos a la TAE del contrato discutido.

Resultado: no era usuraria. Con esa comparación, una TAE de alrededor del 24 % no era notablemente superior al tipo habitual de las revolving de entonces. El Supremo estimó el recurso de la entidad y rechazó la nulidad por usura.

Qué cambia para ti

Esta sentencia enseña tres cosas que afectan directamente a tu reclamación.

  • La fecha manda. El mismo 24 % puede ser usurario o no según el año. En 2006, con medias de las revolving altas, no lo era. En 2021, con un tipo medio del 18,42 %, esa TAE supera el umbral de 6 puntos que fijó el Supremo en 2023. Tienes la serie año a año en la TAE media de las tarjetas revolving por años.
  • No vale comparar con cualquier estadística. Si tu reclamación se apoya en el tipo medio del crédito al consumo en general, se cae. Hay que usar el dato de las revolving del mes y año de tu firma.
  • Las tarjetas antiguas no están perdidas, pero exigen más cuidado. En contratos anteriores a 2010 el margen de discusión es mayor, porque el dato de referencia es menos preciso. Y si la vía de la usura no funciona, desde 2025 existe otra: la falta de transparencia en la contratación, que no depende del porcentaje. La explicamos en revolving sin llegar a usura.

Esta sentencia, junto con la de 2020 y la de 2023, forma la regla con la que hoy se valora cualquier revolving. El recorrido completo está en la guía de tarjetas revolving y usura.

Cómo saber si te afecta

Mira la fecha de tu contrato antes que nada.

  1. Contratos desde junio de 2010. Existe serie oficial. Compara tu TAE con el tipo medio de las revolving de ese mes. Más de 6 puntos de diferencia es el umbral de usura.
  2. Contratos anteriores a 2010. Se usa el dato específico más próximo. Una TAE del 24 % o del 25 % puede quedar dentro de lo normal de la época; una del 27 % o más tiene mejor recorrido.
  3. En cualquier caso, guarda el contrato y los extractos. Aunque la usura no prospere, la forma en que te vendieron la tarjeta puede dar lugar a la nulidad de los intereses por falta de transparencia.

El método paso a paso, con los datos del Banco de España, está en cómo saber si tu TAE es usuraria.

Si tienes el contrato, te lo revisamos sin coste y te decimos si esta sentencia se aplica a tu caso.

Preguntas frecuentes

¿Esta sentencia significa que las tarjetas al 24 % no se pueden reclamar?

No. Significa que el resultado depende de la fecha. Una TAE del 24 % en un contrato de 2006 quedaba cerca de la media de entonces; esa misma TAE en 2021, con medias del 18 %, supera el umbral de 6 puntos. Y siempre queda la vía de la transparencia.

¿Qué dato se usa si mi tarjeta es de antes de 2010?

El Banco de España publica la serie de tarjetas revolving desde junio de 2010. Para contratos anteriores, el Supremo indica acudir a la información específica más cercana en el tiempo sobre ese tipo de producto.

¿Qué diferencia hay con la sentencia de 2023?

La de 2022 aplicó el criterio de comparar con las revolving y dio un resultado desfavorable al cliente. La de 2023 puso número a la regla: más de 6 puntos sobre el tipo medio. Juntas definen cómo se valora hoy una revolving.

¿Se aplica a tu contrato?

Con el contrato o unos extractos podemos decirte si tu tarjeta es reclamable. La revisión no tiene coste y solo cobramos honorarios si ganamos.

Revisar mi tarjeta

Este comentario es información general y no sustituye el estudio de tu contrato: que una sentencia exista no significa que se aplique a tu caso. La jurisprudencia cambia; revisamos el texto cuando lo hace.

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